La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción para conocer del Amparo en Revisión 32/2026, en el que analizará la constitucionalidad del subsidio del 100% sobre el pago del Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera en el Estado de México, aplicable al ejercicio fiscal 2024.
¿Qué impuesto se analiza?
La contribución forma parte de los denominados impuestos ecológicos, implementados por distintas entidades federativas con el propósito de gravar y desincentivar emisiones de gases contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes fijas.
El caso no cuestiona únicamente la existencia del impuesto: el punto central es el trato fiscal diferenciado generado por un subsidio del 100% previsto para determinados contribuyentes.
¿Qué subsidio se estableció para 2024?
Para el ejercicio fiscal 2024, el artículo 20, fracción I, de la Ley de Ingresos del Estado de México estableció un subsidio del 100% sobre el pago de este impuesto y limitó el beneficio a contribuyentes que iniciaran operaciones durante ese ejercicio.
La exclusión de contribuyentes que ya realizaban operaciones dio origen al juicio de amparo que ahora será analizado por la Suprema Corte.
¿Por qué se cuestiona desde la equidad tributaria?
En el juicio se plantea que el beneficio fiscal podría vulnerar el principio de equidad tributaria al otorgar un trato distinto a contribuyentes que, respecto del hecho gravado, podrían encontrarse en condiciones sustancialmente equivalentes.
Contribuyentes que iniciaron operaciones en 2024
Podían ubicarse dentro del supuesto previsto para recibir el subsidio del 100%.
Contribuyentes con operaciones previas
Quedaban fuera del beneficio aun cuando también realizaran actividades sujetas al impuesto.
¿Qué resolverá la Suprema Corte?
El asunto se encuentra radicado en la ponencia del Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García y está pendiente de resolución.
La decisión será relevante para analizar los límites constitucionales aplicables al diseño de beneficios fiscales vinculados con impuestos ecológicos, especialmente cuando estas contribuciones persiguen finalidades extrafiscales.
Bravo y Moncada dará seguimiento a la resolución y a sus posibles implicaciones para contribuyentes sujetos a impuestos ambientales estatales.




