El 5 de agosto de 2026 entró en vigor una reforma al Reglamento Orgánico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que redistribuye atribuciones entre distintos órganos y áreas administrativas internas.
¿Qué cambia con la reforma?
La modificación extingue la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias y distribuye sus atribuciones entre distintas áreas de la Suprema Corte.
La reforma reorganiza funciones de enlace institucional, seguimiento jurídico, cumplimiento de sentencias y coordinación con autoridades nacionales, internacionales y comunitarias.
¿Cómo se redistribuyen las atribuciones?
Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad
Se le otorga la facultad de propiciar el acercamiento del Alto Tribunal con las autoridades vinculadas al cumplimiento de sus sentencias.
Secretaría General de la Presidencia
Asume tareas de coordinación institucional, organización de audiencias públicas, sesiones extraordinarias en territorio y mecanismos de rendición de cuentas.
Dirección General de Asuntos Jurídicos
Podrá opinar y dar seguimiento a convenios, además de operar el monitoreo de iniciativas legislativas, alertas jurídicas y posicionamientos institucionales.
Derechos Humanos y Justicia Pluricultural
Ejecutará acciones de enlace con Poderes de la Unión, gobiernos locales, autoridades comunitarias indígenas y afromexicanas, y organismos nacionales e internacionales.
Alcance de la reorganización
La reforma tiene como eje la distribución interna de funciones administrativas e institucionales. Para quienes mantienen interlocución con la Suprema Corte, resulta relevante identificar qué área asumirá cada atribución a partir de esta reorganización.
Bravo y Moncada dará seguimiento a la implementación de estas modificaciones y a sus efectos prácticos en la relación institucional con el Alto Tribunal.
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